LEXISNEA.COM.AR  ®  2 0 0 6
VOLVER AL INICIO   |   VOLVER A LEGISLACION
  
 
ABV
Imprimir      
Imprimir este documento
 


LEY Nº 5.770
REFORMA AL CÓDIGO FISCAL DE LA PROVINCIA

 

EL HONORABLE SENADO Y LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES, SANCIONAN CON FUERZA DE  LEY:

ARTICULO 1º.-                       
MODIFÍCASE el Artículo 76ª del Código Fiscal de la Provincia, el que quedará redactado de la siguiente manera:
 “Artículo 76º.- LOS Juicios de Apremio serán tramitados ante los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial correspondientes a la cabecera de la Circunscripción Judicial del domicilio del deudor o lugar de ubicación del bien, a elección del fisco.”

ARTICULO 2º.-                       
COMUNÍQUESE
al Poder Ejecutivo.-

DADA  en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Corrientes, a los veintinueve días de noviembre de dos mil seis.

 

 

VOLVER AL INICIO   |   VOLVER A LEGISLACION
LEXISNEA.COM.AR ®  2 0 0 6

 Valid XHTML 1.0 Transitional  
Esta página ha sido verificada y cuenta con la certificación del WORLD WIDE WEB CONSORTIUM